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Negocio Boletín 048

Los micropréstamos de la SBA ya no están disponibles si algún dueño del negocio no es ciudadano

Desde el 1 de abril de 2026, la SBA exige que el 100% de los dueños de un negocio sean ciudadanos o nacionales de EE. UU. para calificar a un micropréstamo. La regla también excluye a residentes permanentes y beneficiarios de DACA que antes sí calificaban.

Qué cambió

La Administración de Pequeños Negocios (SBA) actualizó su guía del programa de Micropréstamos (SOP 52 00) para exigir, desde el 1 de abril de 2026, que el negocio solicitante sea propiedad al 100% de ciudadanos estadounidenses o nacionales de EE. UU. cuya residencia principal esté en el país, sus territorios o posesiones.

A quién saca de la lista

La actualización excluye explícitamente a categorías que antes sí calificaban: residentes permanentes legales (green card), beneficiarios de DACA, solicitantes de asilo, refugiados y titulares de visa. Si tu negocio tiene un solo dueño o garante que no cumple el requisito de ciudadanía, aunque sea una participación minoritaria, el negocio queda descalificado del programa entero, sin importar el crédito o los ingresos del negocio.

Qué hacer si esto te afecta

Si contabas con un micropréstamo de la SBA para tu negocio y no calificas bajo esta regla, revisa otras fuentes de financiamiento que no dependan de este programa: prestamistas comunitarios (CDFI), cooperativas de crédito locales, o programas estatales de microcrédito que tengan sus propios criterios de elegibilidad. Confirma directamente con cada prestamista sus requisitos antes de aplicar.

Las reglas y productos financieros pueden cambiar. Esta nota resume fuentes oficiales disponibles en la fecha indicada y no sustituye asesoría fiscal, legal o financiera personalizada.

Fuentes primarias

Leímos los documentos originales; no una cadena de artículos que se citan entre sí.

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