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Inmigración Boletín 098

USCIS cambia el formulario de la residencia y amplía la revisión de "carga pública" desde el 18 de septiembre

Desde el 18 de septiembre de 2026 solo se acepta la nueva edición del Formulario I-485, con preguntas económicas más amplias. Quien pide la residencia por la Ley de Ajuste Cubano queda exento de esta causal, según la propia guía de USCIS.

Qué cambia en el formulario

El Departamento de Seguridad Nacional publicó en el Registro Federal, el 20 de julio de 2026, una regla final que elimina la regulación de "carga pública" de la era Biden (2022) y la reemplaza con un estándar más amplio de revisión económica. Como consecuencia, USCIS va a publicar una nueva edición del Formulario I-485 (Solicitud de Registro de Residencia Permanente), fechada 09/18/26, que incluye preguntas económicas más detalladas en los numerales 57 a 66.

Las fechas exactas que importan

No hay periodo de gracia entre una edición y otra: USCIS va a aceptar la edición anterior (01/20/25) solo si se envía o se le pone matasellos antes del 18 de septiembre de 2026, y va a rechazarla si se envía en esa fecha o después. La edición nueva (09/18/26), a su vez, solo se acepta a partir de esa misma fecha. Si tienes tu solicitud lista, confirma con qué edición del formulario la vas a presentar antes de mandarla.

La protección para quien pide por la Ley de Ajuste Cubano

USCIS mantiene, en su propia guía, que quien solicita la residencia a través de la Ley de Ajuste Cubano no está sujeto a la causal de inadmisibilidad por carga pública. Esta protección aplica específicamente a esa vía migratoria: quien pide la residencia por otro camino (por ejemplo, a través de un familiar o un empleo) sí queda sujeto a la revisión económica ampliada. Esto no es asesoría legal sobre tu caso particular: si tienes dudas sobre qué vía te corresponde o cómo llenar el nuevo formulario, consulta a un abogado de inmigración antes de presentar la solicitud.

Las reglas y productos financieros pueden cambiar. Esta nota resume fuentes oficiales disponibles en la fecha indicada y no sustituye asesoría fiscal, legal o financiera personalizada.

Fuentes primarias

Leímos los documentos originales; no una cadena de artículos que se citan entre sí.

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